miércoles, 2 de mayo de 2018

SYLLABUS DEL CURSO



SYLLABUS
CURSO VIRTUAL

“DEFENSA EN EL  PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO- LEY DE SERVIR”

CONTENIDO

I.                    SUMILLA
II.                  DATOS GENERALES
III.                COMPETENCIAS GENERALES
IV.                PROGRAMACIÓN DE CONTENIDOS
V.                  CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
VI.                ESTRATEGIAS METODOLÓGICAS
VII.              MATERIALES EDUCATIVOS Y OTROS RECURSOS DIDÁCTICOS
VIII.            INDICADORES, TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN
IX.                BIBLIOGRAFÍA


I.                     SUMILLA.-  

La labor realizada por el servidor y funcionario público  en el sector salud puede verse implicada en aquellos eventos  denominados y tipificados como FALTAS DISCIPLINARIAS, que de producirse puede llevan a la instauración de un Proceso Administrativo Disciplinario (PAD), cuyo curso y desenvolvimiento  suelen repercutir en la calidad de la atención brindada en el establecimiento de salud, comprometiendo el clima laboral, las interrelaciones personales, laborales, la estabilidad emocional, psicológica, familiar,  de los servidores públicos procesados.

La instauración de un Proceso Administrativo Disciplinario contra un servidor público tiene dentro de sus componentes de modo inevitable la afectación emotiva y preocupación producida por varios factores. Dentro de estos factores que afectan al servidor público se encuentra el desconocimiento de la manera de afrontar el proceso disciplinario por ignorar o no tener en cuenta los principios elementales del dicho proceso. Principios que se encuentran contenidos dentro del nuevo régimen disciplinario sancionador cuyos componentes, normas, documentos, autoridades y procesos difieren de la Anterior Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios que ya no existe.

En ambos procedimientos sancionadores existen un conjunto de principios que no ha cambiado, que permanece estable en el tiempo y que son muy importantes para hacer las acciones de defensa del servidor público. Estos son los PRINCIPIOS DE LA POTESTAD SANCIONADORA EN EL  PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO que se deben tener en cuenta en la defensa del procesado. Principios que con el transcurrir de los numerosos procesos ya terminados y otros en curso en las instancias respectivas, conforme a lo establecido en la LEY DEL  SERVICIO CIVIL. Ley Nº 30057, se han ido comprendiendo cada día mejor por parte de los organismos precalificadores, instructores y sancionadores con la finalidad de hacer mejor  su función que les toca en cumplimiento de la Potestad Sancionadora de la Administración Pública.

En el proceso disciplinario se trata de definir calificar y conceptualizar de manera objetiva  dos situaciones, una de ellas se refiere a la caracterización de la falta que suele denominarse la causa de fondo y la otra se refiere al desenvolvimiento del proceso en cuyo curso debe evidenciarse que se ha respetado los principios del debido proceso.

Con respecto al desenvolvimiento del proceso, a pesar del tiempo transcurrido desde la implementación del nuevo Régimen Disciplinario se observa una debilidad en la aplicación estandarizada de los establecidos principios por parte de los integrantes (Secretaría Técnica, Abogados,  Autoridades del PAD, Jefaturas de Servicio, Instructor, Jefatura de Personal, Sancionador y otros) que llevan a cabo el proceso del Régimen Sancionador llegando incluso a ser discrepante en algunos casos lo que se evidencia cuando los dictámenes y conclusiones sancionatorios no tienen la misma acogida en la instancia inmediata superior que es el Tribunal de Servir que declaran la nulidad del proceso por infracción e inobservancia de algunos de los principios como son la vulneración del Derecho de Defensa, el Debido Procedimiento, Razonabilidad, Razonabilidad, Legalidad, Tipicidad, Licitud, Non Bis in Idem, y otros contenidos en la Ley que son de aplicación y en concordancia de los Principios establecidos en la Constitución Política del Perú.

En ese entender es indispensable que servidores y funcionarios en ejercicio del derecho a la información tengan acceso a una capacitación accesible, académica, metódica, continúa y orientada en esta oportunidad  a la comprensión de los principios que rigen el Procedimiento Disciplinarios Sancionador para la adecuada defensa, para según el caso ejercitar el debido proceso y la debida defensa con la visión de mejorar la administración pública.

Si bien es cierto que  la potestad sancionadora de la administración pública en proceso de perfectibilidad es un componente inherente al sistema que tiene en cuenta los niveles de responsabilidad en el complejo sistema de salud. También es cierto que  es importante que los servidores y funcionarios tengan conocimiento de las normas vigentes actuales que regulan sus responsabilidades, posibilitando actitudes de previsión y mejora de la calidad del servicio, sin desconocer que la tendencia administrativa moderna considera esencial establecer como marco de los análisis el modelo de gestión centrado en las debilidades del sistema.

Respecto al método para capacitar al personal la educación virtual es una forma de aprendizaje que da esta oportunidad, acoplándose al tiempo y necesidad del profesional de salud. La educación virtual facilita el manejo de la información y de los contenidos del tema que se desea tratar y está mediada por las tecnologías de la información y la comunicación -las TIC- que proporcionan herramientas de aprendizaje más estimulantes y motivadoras que las tradicionales, facilitando el manejo de la información y de los contenidos de los temas que se quiere tratar, en los servidores tiene un papel activo en la capacitación, ya que es responsable de su propio proceso formativo, no viéndose perjudicados aquellos que no pueden acudir a procesos de capacitación presenciales por motivos de trabajo, largas distancias y limitaciones económicas.

El Colegio Médico del Perú, dentro de su función relacionada a la buena gestión, operación y prestación de servicios de salud, hace uso de esta herramienta para que los servidores y funcionarios tengan acceso al curso: DEFENSA EN EL  PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO”  en  la Ley del  Servicio Civil Ley Nº 30057, con el objetivo que el conocimiento adquirido en el mismo, permita minimizar los riesgos de ocurrencia de faltas y sanciones en beneficio del servicio público.   


II.                   DATOS GENERALES

Nombre del Curso         : “DEFENSA EN EL  PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO- LEY DE SERVIR”
Código del Curso          :
Créditos                       : 1crédito (20 horas académicas) para recertificación
Total de semanas         : 2 semanas
Nº de horas semanales : 7.5 horas
Fecha de inicio             : 
Fecha de término          :
Duración                      : 15 días.
Pre- requisito                : Servidores y Funcionarios

PERSONAL DOCENTE
Lincoln Alberto Maylle Antaurco Médico Cirujano. Especialista en Urología. Médico Asistente del Servicio de Urología del Hospital Nacional Dos de Mayo. Diplomado en Auditoría Médica. Diplomado en Gerencia de Clínicas y Hospitales. Conciliador Extrajudicial. Autor del Tratado de Negligencia Médica. Autor de libro Auditoría Médica Basada en Evidencias y Normas legales. Autor del Curso Virtual Evaluación y Análisis de Negligencias en Salud. Autor del Curso: Potestad Sancionadora de la Administración Pública.

Otros docentes: por definir.


III.                 COMPETENCIAS GENERALES

Objetivo General

·         Reducir el riesgo de calificación de  faltas e imposición de  sanciones con vicios de   infracción y vulneración de los principios que rigen el procedimiento sancionador cuyo conocimiento redundará en el ejercicio de la debida defensa del servidor procesado, mediante la capacitación de los principios de  la potestad sancionadora de la administración pública.


·         Objetivos conceptuales:

o   Al finalizar el curso el estudiante tendrá conocimientos básicos de:
§  Los principios de la Potestad Sancionadora de la Administración Pública
§  El Principio del Derecho de Defensa
§  E Principio el Debido Procedimiento
§  El Principio de Razonabilidad
§  El Principio de  Legalidad
§  El Principio de Tipicidad
§  El Principio de Non Bis in Idem,

·         Objetivos procedimentales:
o   Al finalizar el curso el estudiante podrá realizar
§  Aplicación adecuada de los Principios de la Potestad Sancionadora en la defensa.
§  Acciones de previsión de calificación de faltas viciadas de nulidad.
§  Acciones de previsión de imposición de sanciones viciadas de nulidad.
§  Adecuada defensa en aplicación de los Principios del Régimen Disciplinario.
§  Minimizar los riesgos de calificación  faltas y sanciones innecesarias.
§  Acciones para la protección y respeto de los derechos de los servidores en el proceso disciplinarios.

·         Objetivos actitudinales:
o   Al finalizar el curso el estudiante considerará valioso y necesario conocer los principios elementales de la potestad sancionadora de la administración pública y la necesidad de colaborar con los sistemas de prevención faltas y sanciones en su área de trabajo 

Público objetivo

Servidores y Funcionarios.

IV.                PROGRAMACIÓN DE CONTENIDOS

Capítulo 1.  Legislación y Potestad Sancionadora en el Perú

o   Principios constitucionales
o   TUO de la ley 27444
o   Ley del Servicio Civil Ley Nº 30057.
o   Directiva del Procedimiento Sancionador

Capítulo 2: Principios del Régimen Disciplinario Sancionador

o   Derecho de Defensa
o   Debido Procedimiento
o   Razonabilidad
o   Legalidad

Capítulo 3: Principios del Régimen Disciplinario Sancionador

o   Tipicidad
o   Licitud
o   Non Bis in Idem
o   Responsabilidad penal del acto médico

Capítulo 4: Análisis e interpretación de caso de PAD
o   Informe de precalificación
o   Instauración de PAD
o   Informe del órgano instructor
o   Resolución de Sanción
o   Pedido de informe oral
o   Reconsideración
o   Apelación
o   Resolución del Tribunal de Servir

Capítulo 5: Ejercicio del Derecho de Defensa
o   Conocimiento de los principios
o   Acceso al expediente
o   Alegatos
o   Informes
o   Defectos de Tramitación

V.                  DURACIÓN DEL CURSO
Inicio: 15 días desde que inicia.

VI.                ASPECTOS METODOLOGICOS
a.       La actividad educativa será realizada a través de un sistema de formación no presencial, por medio de la Internet, utilizando una plataforma virtual  y el correo electrónico, por medio del cual se comunicará con el tutor.
b.       Tutoría: el curso contará con un tutor responsable quien tendrá contacto por vía e-mail con los participantes para efectos de compartir comentarios por capitulo, opiniones, recomendaciones y discusión del caso.
c.       El participante deberá comprometerse  estudiar el curso.
d.       El participante podrá avanzar las lecciones del curso según su tiempo disponible debiendo haber culminado dentro de las 2 semanas de iniciado el mismo.

VII.              MATERIALES EDUCATIVOS Y OTROS RECURSOS DIDÁCTICOS
a.       El curso completo dividido en  5 capítulos estará disponible solo para los inscritos en la página blog para los participantes tanto en presentación el mismo tendrá la opción de ser impreso.
b.       El participante inscrito  tendrá acceso a consultar sobre el caso analizado mediante el correo electrónico.

VIII.             INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN

1.       Comentario de cada capítulo estudiado.
2.       Comentario del Análisis de caso.
3.       Comentario de lecturas recomendadas
4.       Prueba final.

EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN
La evaluación del alumno es permanente, la calificación tendrá los siguientes valores porcentuales:
ü  20% : comentarios por capítulo
ü  20% : Análisis de caso
ü  20% : comentario de lecturas recomendadas
ü  40% : examen escrito final

IX.                BIBLIOGRAFÍA

º           Constitución Política Nacional.
º           TUO de la Ley 27444
º           Ley de Bases de la Carrera Administrativa.
º           Reglamento de Establecimientos de Salud y   Servicios Médicos de Apoyo.
º           Ley del Servicio Civil.
º           Reglamento General de la Ley Servir y Nuevo Procedimiento Sancionador.
º           Directiva del Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador.
º           Ley de Transparencia y Acceso a la información pública.
º           Convención Americana Sobre Derechos Humanos
º           Declaración Universal de los Derechos Humanos.


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